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Poder Judicial rechaza demanda para que el Congreso reforme totalmente la Constitución

Juzgado Civil de Abancay sostiene que no se le puede ordenar al Congreso elaborar un proyecto de reforma total de la Constitución ya que este es un acto discrecional de los parlamentarios.
Redacción RI

El Segundo Juzgado Civil de Abancay declaró improcedente la demanda de cumplimiento con la que el ciudadano Mateo Ccerare Pariona solicitaba que el Poder Judicial ordenara a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso que elabore un proyecto de reforma total de la Carta Magna.

Ccerare Pariona fundamentaba su requerimiento en la Ley 27600, ley que suprimió la firma del exdictador Alberto Fujimori de la Carta Magna de 1993 y que dio un plazo de tres días para que la Comisión de Constitución realice una iniciativa de reforma “tomando en cuenta en particular el texto de la Constitución de 1979″. Dicha norma fue promulgada el 14 de diciembre de 2001.

Uno de los primeros argumentos del juez Roger Choque Ripa para desestimar el pedido es la sentencia de 2003 del Tribunal Constitucional, que precisa que la Ley 27600 “solo autoriza a la referida comisión a que pueda proponer un proyecto de ley de reforma total de la Constitución, comisión que incluso no requería de dicha autorización, ello por cuanto es un tema que incumbe al Congreso”. 

“Una interpretación distinta vulneraría lo establecido en el artículo 93 de la Constitución Política del Perú, que establece que los congresistas no están sujetos a mandato imperativo”, se lee en la resolución emitida el 12 de agosto, a la que La República tuvo acceso.

En esa misma línea, el magistrado sostiene que no resulta apropiado mandar a elaborar una iniciativa para el cambio total de la Carta Magna, ya que ello “es un acto discrecional que le corresponde a los congresistas, enmarcada dentro de la discrecionalidad política, conferida a los poderes constituidos como el Congreso”.

Con información de La República.