Editorial

Trabajadores que obtuvieron licencia con goce de remuneraciones tendrán que compensar horas no trabajadas

"Los dos mecanismos de compensación que se han previsto son a través de la realización de trabajo en sobretiempo y a través del goce de trabajo vacacional".
Redacción RI

Durante el inicio de la emergencia sanitaria por la COVID-19, miles de trabajadores tuvieron que pasar a licencia con goce de haber, es decir, seguían recibiendo sus sueldos pero tenían paralizadas sus labores.

Tras casi tres años de iniciada la pandemia y el reinicio de las actividades presenciales, el Poder Ejecutivo publicó la ley 31362, que establece medidas para que estos empleados compensen sus horas no trabajadas.

"Esta normativa aplica a aquellos trabajadores que gozaron de una licencia remunerada, ya sea por no haber desarrollado sus labores de forma remota porque no era posible o por haber pertenecido al grupo de riesgo", explica Helga Irazola, asociada del área laboral del estudio Rebaza, Alcazar & De Las Casas.

La especialista señala que esta medida es de alcance transversal, es decir, aplica tanto para los trabajadores del sector público y privado, sea cual sea el régimen al que pertenezcan.

¿Cómo podrán compensar sus horas no trabajadas?

"Los dos mecanismos de compensación que se han previsto son a través de la realización de trabajo en sobretiempo y a través del goce de trabajo vacacional", precisó.

La laboralista precisa que en se ha previsto que cada hora de trabajo o de capacitación en sobretiempo, fuera de su horario laboral, van a compensar el equivalente a tres horas pagadas.

"Se han previsto algunas condiciones específicas, por ejemplo, que el sobretiempo no pueda exceder de dos horas diarias ni 52 horas semanales", sostiene.

La otra modalidad está relacionada a las vacaciones del trabajador que tuvo licencia con goce de haber.

"Por cada día de vacaciones se entienden condonados o compensados tres días de licencia, pero el máximo de periodo vacacional que puede compensarse son 15 días", agrega.

La especialista también indica que la medida establece el deber de informar a los trabajadores dentro de los 15 días de entrada en vigencia de la ley, lo cual inicia hoy.

Con esto, las empresas deberán precisar a sus empleados cuántas son las horas que tienen pendientes de compensar para que tengan previsto el tiempo que les puede tomar esta compensación.

Además, resalta que solo hay un plazo de un año desde la entrada en vigencia de la ley para compensar las horas pendientes de devolución. Luego de transcurrido este plazo, se entiende que todas las horas han sido condonadas y tampoco se podrán hacer descuentos en los salarios de los trabajadores.